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Por Edelmira Betancort Martín, abogada

El interdicto de obra nueva es una medida cautelar dentro del sistema jurídico español que busca la protección rápida y efectiva de los derechos de propiedad o posesión cuando una obra en curso puede causar daños a un tercero. Esta herramienta permite a los afectados solicitar la suspensión de la obra hasta que se resuelva el conflicto. El presente artículo explica en detalle el concepto, regulación, plazos y requisitos para interponer un interdicto de obra nueva.

Concepto del interdicto de obra nueva

El interdicto de obra nueva es un procedimiento de protección posesoria que tiene como finalidad suspender de manera provisional las obras que se estén llevando a cabo, cuando estas puedan perjudicar los derechos de un vecino o colindante. Se trata de una medida cautelar que busca prevenir un daño inminente y evitar que la ejecución de la obra agrave la situación mientras se decide sobre el fondo del asunto.

El objetivo principal de esta figura es detener la obra en curso para proteger al demandante de posibles daños a su propiedad o la violación de sus derechos. A diferencia de otras vías judiciales, el interdicto se caracteriza por ser un proceso rápido y sumario, precisamente para evitar que el daño se consolide antes de que pueda remediarse.

Regulación del interdicto de obra nueva en España

En España, el interdicto de obra nueva está regulado principalmente en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Específicamente, los artículos 250 y 441 de la LEC se refieren a los juicios verbales en los que se incluyen las cuestiones posesorias, y dentro de ellas, el interdicto de obra nueva.

  1. Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC)

El artículo 250.1.4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que se tramitarán por el cauce del juicio verbal, entre otros, «las demandas que pretendan la suspensión de una obra nueva». En este tipo de proceso, lo que se busca es una resolución inmediata para suspender la obra mientras se investiga más a fondo el caso.

El artículo 441.2 de la misma ley señala que, en este tipo de procedimientos, se dará preferencia para que la vista se celebre lo antes posible, dada la naturaleza urgente de la medida que se solicita.

  1. Código Civil

Además de la LEC, el Código Civil español contiene disposiciones que protegen los derechos de propiedad y posesión, las cuales sirven como base para interponer un interdicto de obra nueva. Los artículos 441 y 446 del Código Civil protegen el derecho de un propietario a defender su posesión y, si es necesario, acudir a la justicia para evitar un daño o perturbación en su propiedad.

Requisitos para interponer un interdicto de obra nueva

Para que un interdicto de obra nueva prospere, se deben cumplir ciertos requisitos que permiten acreditar tanto la existencia de la obra como el posible perjuicio que esta pudiera causar. Los requisitos son los siguientes:

  1. La obra debe estar en curso o por iniciarse. El interdicto de obra nueva solo es aplicable cuando la obra está en ejecución o está a punto de comenzar. No es posible interponerlo si la obra ya ha finalizado. La razón de esto es que el interdicto tiene un carácter preventivo, es decir, se busca evitar daños futuros, y no reparar daños ya causados.

El demandante deberá acreditar que la obra sigue en proceso y que su continuación puede causar un perjuicio. Si la obra ya está terminada, el mecanismo apropiado para reclamar daños sería un procedimiento ordinario, no el interdicto.

  1. Existencia de un daño o amenaza de daño. El solicitante del interdicto debe demostrar que la ejecución de la obra está afectando o amenaza con afectar sus derechos de posesión o propiedad. El daño puede ser de tipo material, como la afectación de una estructura o la limitación del acceso a la luz o aire, o de tipo moral, si la obra afecta la comodidad o tranquilidad del demandante.

En este sentido, el demandante debe justificar que la obra implica una alteración en sus derechos o que representa una amenaza inminente. No se exige que el daño ya se haya materializado; basta con que exista un riesgo claro y concreto de que esto ocurra.

  1. Causalidad entre la obra y el daño. Debe demostrarse una relación directa entre la obra y el perjuicio. No es suficiente con la mera existencia de la obra para interponer el interdicto; es necesario acreditar que dicha obra es la causa o puede ser la causa del daño que se teme.

Este requisito implica aportar pruebas que acrediten la afectación, tales como informes periciales, fotografías, testigos, etc. El juez debe tener claro que la obra es la fuente del perjuicio alegado.

  1. Plazo para interponer el interdicto. Uno de los aspectos más importantes del interdicto de obra nueva es el plazo en el que debe interponerse. En España, la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que el interdicto debe ser interpuesto mientras la obra está en ejecución o dentro de los 30 días siguientes a su finalización.

Este plazo es fundamental, ya que si se supera este límite, el afectado pierde la posibilidad de utilizar esta medida cautelar, y solo podría recurrir al procedimiento ordinario para solicitar una compensación o indemnización por los daños sufridos. En este caso, el procedimiento sería más largo y no ofrecería la ventaja de detener inmediatamente la obra.

  1. Competencia territorial. La demanda del interdicto de obra nueva debe presentarse ante el juzgado de primera instancia del lugar donde se está ejecutando la obra. El juzgado será el encargado de recibir la demanda, analizar las pruebas y, en su caso, ordenar la suspensión de la obra si considera que se cumplen los requisitos necesarios.

Procedimiento del interdicto de obra nueva

El procedimiento para interponer un interdicto de obra nueva es relativamente sencillo, pero exige rapidez y diligencia. Estos son los pasos más importantes:

  1. Presentación de la demanda. El primer paso consiste en presentar una demanda ante el juzgado competente. Esta demanda debe ir acompañada de las pruebas que acrediten tanto la existencia de la obra como el daño o amenaza de daño que esta obra puede ocasionar al demandante.
  2. Medidas cautelares. Una vez presentada la demanda, el juez puede ordenar de forma provisional la suspensión de la obra como medida cautelar para evitar que continúe y cause mayores perjuicios. Esto se hace antes de que se dicte la sentencia definitiva, con el objetivo de proteger los derechos del demandante mientras se resuelve el litigio.
  3. Citación a las partes y vista oral. El demandado será citado para comparecer ante el juez y defender su posición. Se celebrará una vista oral, en la cual ambas partes podrán presentar sus argumentos y pruebas. Dado el carácter urgente del interdicto, la ley exige que este proceso se tramite con celeridad.
  4. Resolución judicial. Finalmente, el juez decidirá si procede mantener la suspensión de la obra de manera definitiva o si permite que continúe. La resolución dependerá de la valoración de las pruebas y argumentos presentados por ambas partes.

El interdicto de obra nueva es una herramienta jurídica de gran utilidad en el sistema legal español para proteger los derechos de propiedad o posesión frente a obras que pueden causar daños. Su principal ventaja es la rapidez, ya que permite suspender la obra de manera provisional mientras se resuelve el conflicto de fondo. Sin embargo, para que proceda, es crucial que la obra esté en curso y que se actúe dentro de los plazos previstos por la ley.

Dado su carácter preventivo, este procedimiento exige diligencia y prontitud, y es fundamental que los afectados presenten su demanda con prontitud para evitar que el daño se consolide o que se pierda la oportunidad de suspender la obra.

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